El Colectivo Ciudadano por la Calidad Educativa presentó hoy al Ministerio de Educación de la República Dominicana una
solicitud urgente para garantizar la participación de docentes con un año o más de servicio en la Evaluación de
Desempeño Docente. La reclamación se fundamenta en la normativa del Reglamento del Estatuto del Docente y la Ley
General de Educación, que establece plenas condiciones para la permanencia y evaluación del personal docente, y
denuncia que, bajo exigencias ajenas a la ley, se ha excluido de manera arbitraria a docentes que cumplen con los
requisitos legales.
Puntos clave de la solicitud
– Participación inmediata: Exigir al Ministerio de Educación que permita la participación en la Evaluación de Desempeño
Docente a todos los docentes con un año o más de servicio que hayan sido excluidos por no haber cursado el Diplomado
Programa Nacional de Inducción, una condición que no está respaldada por la normativa vigente.
– Suspensión de medidas arbitrarias: Pedir la suspensión de cualquier medida unilateral que bloquee la participación de
docentes que cumplen con el marco legal, especialmente cuando la fecha de inicio de la evaluación es enero de 2026.
– Transparencia y trazabilidad: Requerir la revisión y mejora de la plataforma y de los procesos asociados para garantizar
transparencia, trazabilidad de contrataciones y legitimidad de las herramientas utilizadas en la Evaluación de Desempeño Docente, evitando violaciones al marco normativo y asegurando integridad, objetividad y un proceso justo.
– Condición de pago de incentivos: Afirmar que el pago de incentivos por la Evaluación de Desempeño no debe estar
condicionado a la realización de ningún diplomado para docentes con más de un año de servicio.
Fundamento legal y ética
– El colectivo sostiene que la Evaluación de Desempeño Docente debe regirse por la Ley General de Educación 66-97 y su
Reglamento, y no debe introducir requisitos ajenos, como la obligatoriedad de un Diplomado, para la participación o la
percepción de incentivos.
– El artículo 29 del Reglamento del Estatuto del Docente y el artículo 14 de la Orden Departamental 18-2025 establecen
que la evaluación debe vincularse al periodo probatorio y al desempeño, sin superar límites legales ni imponer cargas
administrativas que excluyan a docentes con una trayectoria de servicio de al menos un año.
Justificación ética y social
– El proceso de evaluación debe priorizar la calidad educativa y el desarrollo profesional, no funcionar como mecanismo
de exclusión o castigo administrativo.
– La transparencia en contrataciones, criterios claros y coherentes entre normativa y práctica son esenciales para
restaurar la confianza pública en la Evaluación de Desempeño Docente y, en última instancia, en la educación pública.
Solicitudes de acción y respuesta
– Plazo de respuesta: El colectivo solicita un informe formal en un plazo de 3 días hábiles con las medidas necesarias
para corregir las exclusiones y garantizar la participación de los docentes elegibles.
– Protocolo de acceso: Implementación inmediata de un protocolo claro que permita a los docentes con un año o más
de servicio acceder a la Evaluación de Desempeño sin exigir requisitos no contemplados en la normativa vigente.
– Informe de transparencia: Publicación de un informe detallado sobre contrataciones, costos y proveedores vinculados
a la plataforma tecnológica de la evaluación, junto con evidencias de cumplimiento normativo.

